null Programa de Cribado de enfermedades infecciosas durante el embarazo en el Principado de Asturias
Notas metodológicas
17/07/2019

Mª Carmen García González. Facultativo Médico del Servicio de Evaluación de la Salud y Programas

Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad


El cribado de enfermedades infecciosas asintomáticas durante la gestación, permite realizar un diagnóstico precoz seguido de intervención temprana, que comporta beneficios para el bebé, para la madre, o para ambos.
El objetivo general es tomar las medidas necesarias para evitar la transmisión vertical o intraparto, de infecciones maternas que puedan causar una enfermedad congénita en el bebé, y cuando no sea posible evitar la transmisión, efectuar el diagnóstico y el tratamiento precoz de las mismas.
Como beneficio adicional para la madre y/o para futuras gestaciones, se trata de efectuar el diagnóstico y tratamiento precoz si es posible, o bien detectar situaciones de susceptibilidad a determinadas infecciones, para adoptar medidas de prevención tales como la vacunación en el postparto.
En noviembre de 2017 se ha difundido en los Servicios Sanitarios una Circular en la que se resumen las recomendaciones oficiales del Programa de Cribado de enfermedades infecciosas durante el embarazo en Asturias. Un grupo de trabajo constituido por profesionales de Ginecología y Obstetricia, Pediatría, Microbiología, Epidemiología y Programas, fue el responsable de revisar la evidencia científica disponible, procedente de Sociedades Científicas, Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y otros estudios, en relación con las enfermedades que se venían cribando de rutina en el embarazo, así como con algunas otras enfermedades emergentes; se tuvo en cuenta además, la información disponible sobre la situación de estas enfermedades en Asturias.
Con esta información se han elaborado una serie de documentos técnicos, uno por enfermedad, que fueron discutidos y revisados por el grupo de trabajo y por evaluadores externos. Las enfermedades revisadas fueron las siguientes: infección por el VIH, Sífilis, estado de portador del virus de la Hepatitis B, infección por el virus de la Hepatitis C,  Toxoplasmosis, infección por Citomegalovirus, enfermedad de Chagas y la situación de inmunidad frente a la Rubéola y la Varicela.
Los criterios que se han tenido en cuenta para efectuar la recomendación de realizar o no el cribado en población sana, bien sea universal o dirigido únicamente a grupos de riesgo, fueron los habituales desde el punto de vista de la Salud Pública (Wilson & Jungner, 1968), que en resumen son los siguientes:
a)        Que existan técnicas diagnósticas inequívocas para la enfermedad.
b)        Que la enfermedad tenga un tratamiento para prevenir la transmisión o para curar, y que éste se pueda administrar durante la gestación o en la etapa neonatal.
c)         Que el diagnóstico y tratamiento precoz de la enfermedad asintomática sea más efectivo que el de la enfermedad sintomática.
d)        Que en conjunto, los beneficios del cribado superen a los riesgos.
En el caso particular de la inmunidad frente a Rubéola y a Varicela, se tuvo en cuenta la existencia de un Programa de Vacunaciones establecido, y la conveniencia de detectar y proteger a las mujeres susceptibles.
Conclusiones:
1) Procesos infecciosos a incluir en el cribado en población sana:
1.a) Se debe realizar un cribado universal en mujeres gestantes de las siguientes infecciones:
-          Infección por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH)
-          Infección por Treponema pallidum (Sífilis)
-          Estado de portadora del virus de la Hepatitis B (VHB)
-          Inmunidad frente al virus de la Rubéola
-          Inmunidad frente al virus de la Varicela
1.b) Se debe realizar un cribado selectivo en mujeres gestantes pertenecientes a grupos de riesgo, de las siguientes infecciones:
-          Infección por Trypanosoma cruzi (Enfermedad de Chagas)
-          Infección por el virus de la Hepatitis C (VHC)
2) No se realizará el cribado en población sana de las siguientes infecciones:
-          Infección por Toxoplasma gondii (Toxoplasmosis)
-          Infección por el Citomegalovirus (CMV)
En la Circular se establece la definición de los grupos de riesgo para el cribado selectivo, los test de cribado a utilizar, las pautas de actuación e inmunización durante la gestación y/o en el momento del parto o el postparto, las pautas de profilaxis post-exposición y la evaluación anual del programa.
Se establece además el compromiso de revisar estas recomendaciones en un plazo máximo de 2 años, o bien cuando existan nuevas aportaciones de la evidencia científica acerca de cualquiera de las enfermedades estudiadas, en base a la evolución epidemiológica en Asturias, así como a la evolución del conocimiento científico y de las tecnologías de diagnóstico.
Estas recomendaciones oficiales han entrado en vigor el 1 de enero de 2018.
Tanto la Circular como las fichas técnicas están disponibles en los enlaces:
https://www.astursalud.es/noticias/-/noticias/programa-de-cribado-de-enfermedades-infecciosas-durante-el-embarazo-en-asturias
https://www.astursalud.es/documents/31867/0/Circular+3_2017+Programa+de+Cribado+de+enfermedades+infecciosas+durante+le+embarazo+%282%29.pdf/0b781662-2975-517c-9331-55b4dad6f9c5
Asimismo, la profilaxis post-exposición y el Calendario de Vacunaciones durante el embarazo están disponibles en el enlace:
https://www.astursalud.es/en/noticias/-/noticias/nuevo-calendario-de-vacunaciones-del-adulto-y-en-situaciones-especiales-para-asturias-2014

Mª Carmen García González. Facultativo Médico del Servicio de Evaluación de la Salud y ProgramasDirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad
El cribado de enfermedades infecciosas asintomáticas durante la gestación, permite realizar un diagnóstico precoz seguido de intervención temprana, que comporta beneficios para el bebé, para la madre, o para ambos.
El objetivo general es tomar las medidas necesarias para evitar la transmisión vertical o intraparto, de infecciones maternas que puedan causar una enfermedad congénita en el bebé, y cuando no sea posible evitar la transmisión, efectuar el diagnóstico y el tratamiento precoz de las mismas.
Como beneficio adicional para la madre y/o para futuras gestaciones, se trata de efectuar el diagnóstico y tratamiento precoz si es posible, o bien detectar situaciones de susceptibilidad a determinadas infecciones, para adoptar medidas de prevención tales como la vacunación en el postparto.
En noviembre de 2017 se ha difundido en los Servicios Sanitarios una Circular en la que se resumen las recomendaciones oficiales del Programa de Cribado de enfermedades infecciosas durante el embarazo en Asturias. Un grupo de trabajo constituido por profesionales de Ginecología y Obstetricia, Pediatría, Microbiología, Epidemiología y Programas, fue el responsable de revisar la evidencia científica disponible, procedente de Sociedades Científicas, Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y otros estudios, en relación con las enfermedades que se venían cribando de rutina en el embarazo, así como con algunas otras enfermedades emergentes; se tuvo en cuenta además, la información disponible sobre la situación de estas enfermedades en Asturias.
Con esta información se han elaborado una serie de documentos técnicos, uno por enfermedad, que fueron discutidos y revisados por el grupo de trabajo y por evaluadores externos. Las enfermedades revisadas fueron las siguientes: infección por el VIH, Sífilis, estado de portador del virus de la Hepatitis B, infección por el virus de la Hepatitis C,  Toxoplasmosis, infección por Citomegalovirus, enfermedad de Chagas y la situación de inmunidad frente a la Rubéola y la Varicela.
Los criterios que se han tenido en cuenta para efectuar la recomendación de realizar o no el cribado en población sana, bien sea universal o dirigido únicamente a grupos de riesgo, fueron los habituales desde el punto de vista de la Salud Pública (Wilson & Jungner, 1968), que en resumen son los siguientes:
a)        Que existan técnicas diagnósticas inequívocas para la enfermedad.
b)        Que la enfermedad tenga un tratamiento para prevenir la transmisión o para curar, y que éste se pueda administrar durante la gestación o en la etapa neonatal.
c)         Que el diagnóstico y tratamiento precoz de la enfermedad asintomática sea más efectivo que el de la enfermedad sintomática.
d)        Que en conjunto, los beneficios del cribado superen a los riesgos.
En el caso particular de la inmunidad frente a Rubéola y a Varicela, se tuvo en cuenta la existencia de un Programa de Vacunaciones establecido, y la conveniencia de detectar y proteger a las mujeres susceptibles.
Conclusiones:

1) Procesos infecciosos a incluir en el cribado en población sana:
1.a) Se debe realizar un cribado universal en mujeres gestantes de las siguientes infecciones:
-          Infección por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH)
-          Infección por Treponema pallidum (Sífilis)
-          Estado de portadora del virus de la Hepatitis B (VHB)
-          Inmunidad frente al virus de la Rubéola
-          Inmunidad frente al virus de la Varicela
1.b) Se debe realizar un cribado selectivo en mujeres gestantes pertenecientes a grupos de riesgo, de las siguientes infecciones:
-          Infección por Trypanosoma cruzi (Enfermedad de Chagas)
-          Infección por el virus de la Hepatitis C (VHC)
2) No se realizará el cribado en población sana de las siguientes infecciones:
-          Infección por Toxoplasma gondii (Toxoplasmosis)
-          Infección por el Citomegalovirus (CMV)
En la Circular se establece la definición de los grupos de riesgo para el cribado selectivo, los test de cribado a utilizar, las pautas de actuación e inmunización durante la gestación y/o en el momento del parto o el postparto, las pautas de profilaxis post-exposición y la evaluación anual del programa.
Se establece además el compromiso de revisar estas recomendaciones en un plazo máximo de 2 años, o bien cuando existan nuevas aportaciones de la evidencia científica acerca de cualquiera de las enfermedades estudiadas, en base a la evolución epidemiológica en Asturias, así como a la evolución del conocimiento científico y de las tecnologías de diagnóstico.
Estas recomendaciones oficiales han entrado en vigor el 1 de enero de 2018.
Tanto la Circular como las fichas técnicas están disponibles en los enlaces:
https://www.astursalud.es/noticias/-/noticias/programa-de-cribado-de-enfermedades-infecciosas-durante-el-embarazo-en-asturias
https://www.astursalud.es/documents/31867/0/Circular+3_2017+Programa+de+Cribado+de+enfermedades+infecciosas+durante+le+embarazo+%282%29.pdf/0b781662-2975-517c-9331-55b4dad6f9c5
Asimismo, la profilaxis post-exposición y el Calendario de Vacunaciones durante el embarazo están disponibles en el enlace:
https://www.astursalud.es/en/noticias/-/noticias/nuevo-calendario-de-vacunaciones-del-adulto-y-en-situaciones-especiales-para-asturias-2014

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Cita de la publicación original:

Mª Carmen García González. Facultativo Médico del Servicio de Evaluación de la Salud y Programas

Número: 11 de 2019